La incongruencia de la norma para acceder a la moratoria de alquileres comerciales, préstamos con garantía hipotecaria, deja fuera a la práctica totalidad de los autónomos

En el Real Decreto publicado esta mañana, no se ha recogido esta medida que UPTA considera necesaria. Desde el principio, el Gobierno de España, ha defendido que se mantengan las actividades económicas en funcionamiento, la norma actual para poder acogerse a los tres supuestos exige como requisito el certificado expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o el órgano competente de cada Comunidad Autónoma, en su caso, sobre la base de la declaración de cese de actividad declarada por el interesado.

 Exige darse de baja en Hacienda y, por ende, también en Seguridad Social. Eduardo Abad “Es totalmente incongruente, ya que esta exigencia es incompatible con el espíritu de las normas que regulan dichas medidas: «mantenimiento del tejido productivo». Si para acogerse se exige el cierre, resulta imposible poder cumplir con los acuerdos de reestructuración y pago aplazado de las deudas que se deriven entre las partes”.